Señor Doctor
Iván Castro Patiño
Presidente
Comisión de Principios Fundamentales,
Derechos, Deberes y Garantías
CONESUP
Ciudad.-
De nuestra consideración:
Las creaciones del intelecto y las manifestaciones artísticas humanas tienen actualmente un valor económico sin precedentes alrededor del mundo.
El Ecuador es una tierra fértil en gente creativa y talentosa, tal como ha sido demostrado a través de la historia del país.
En adición a su gran valor económico actual, la creatividad, la imaginación y las expresiones del alma son nuestras principales señas particulares frente a los demás animales, son rasgos que nos definen como humanos y que nos brindan un beneficio incuantificable para nuestra realización como personas.
Lamentablemente, gracias a la piratería y al irrespeto general al Derecho de Propiedad Intelectual en el país, los ecuatorianos creativos y talentosos no tienen industria local alguna que los acoja, y que les permita vivir de su creatividad, lo cual a su vez destruye la iniciativa y el fomento al desarrollo de nuevas creaciones del intelecto humano, tanto técnicas como artísticas.
Mientras no se consolide el respeto al Derecho de Propiedad Intelectual dentro el territorio del Ecuador, la industria de la creatividad seguirá siendo inexistente, el nivel de vida de las personas creativas seguirá siendo paupérrimo y los talentos seguirán muriendo o emigrando, debido a la necesidad de incursionar en otras actividades que sí permiten la subsistencia material.
En otras palabras, mientras el respeto al Derecho de Propiedad Intelectual no se consolide en el Ecuador, no existirán las industrias literarias, musicales, cinematográficas, tecnológicas, artísticas ni ninguna otra donde el principal activo sean las creaciones del intelecto o del fuero interno del ser humano.
Mientras no haya respeto al Derecho de Propiedad Intelectual nadie, ni ecuatoriano ni extranjero, invertirá en desarrollar estas industrias en el país. ¿Quién va a invertir en producir una propiedad que no se respeta?
Para efectos de lograr un entorno sólido de seguridad jurídica en el Ecuador respecto del Derecho de Propiedad Intelectual, resulta de gravitante importancia el soporte constitucional que reciba esta importantísima rama del derecho en la nueva Constitución.
Una mala interpretación del Derecho de Propiedad Intelectual por parte de la futura Asamblea Nacional Constituyente, o peor aún, un desprecio por esta rama, podría significar una verdadera condena de muerte para la propiedad intelectual en el país, y especialmente, la propiedad intelectual ecuatoriana.
Conscientes de esto, y por cuando consideramos nuestro deber -no sólo estatutario sino cívico y moral- hacer todo lo que esté a nuestro alcance para asegurar la plena vigencia y desarrollo de la propiedad intelectual en el país, por este medio nos permitimos sugerir la inclusión de los siguientes artículos en el proyecto para la nueva Constitución de la República del Ecuador.
Uno) Dentro de los derechos constitucionales del individuo incluir uno que exprese:
- “Por cuanto se trata de derechos consustanciales a la naturaleza creativa de los seres humanos, se reconocen con rango constitucional a los derechos de propiedad intelectual del autor sobre su obra, del inventor sobre su invención, del titular sobre sus signos distintivos y en general de todo creador sobre sus creaciones intelectuales, de conformidad con la ley.”
Dos) Dentro de la sección que trate los Derechos Económicos, Sociales y Culturales incluir los siguientes artículos:
- Art.___: “Por cuanto resulta indispensable para mejorar el nivel de vida en el Ecuador de los artistas, inventores, comerciantes e innovadores en general, así como para permitir el desarrollo de industrias en el país que tengan como principal activo las creaciones del intelecto humano (tanto artísticas como técnicas), se garantiza y reconoce el Derecho de Propiedad Intelectual, en los términos previstos en la ley y los tratados vigentes.
- Art.___: “El Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI) tendrá como principal objetivo asegurar el respeto y la adecuada difusión del Derecho de Propiedad Intelectual en el Ecuador. El IEPI gozará de plena autonomía, tantoadministrativa como financiera, y podrá elaborar su presupuesto con independencia, velando siempre por mejorar sus servicios para bien de la comunidad y atender en forma eficiente sus fines y objetivos. Por cuanto se trata de una institución completamente autofinanciada por los aportes de los usuarios, no estará sujeta a más control que el de la Contraloría General del Estado.
Para asegurar su completa despolitización el Presidente del IEPI podrá ser removido del cargo únicamente por causas legales y el periodo de vigencia de su designación no podrá coincidir con el del Presidente de la República.”
- Art:___ : “Debido a la importancia del Derecho de Propiedad Intelectual para el desarrollo del Ecuador y en especial de su sector creativo, existirán jueces y tribunales tanto civiles como penales especializados en la materia, quienes velaran por garantizar la seguridad jurídica en el país dentro esta rama del derecho.”
Finalmente, nos permitimos solicitarle que la Comisión que usted preside nos reciba en audiencia a su conveniencia de día, hora y lugar, para poder personalmente trasmitirles a ustedes, distinguidos juristas y hombres de bien, la importancia histórica de darle un debido reconocimiento y apoyo a la propiedad intelectual en la nueva Constitución de nuestro querido Ecuador.
Reiterándole nuestra consideración y estima, suscribimos.
Muy atentamente,
Ab. Flavio Arosemena Ab. Elker Mendoza
Presidente Vicepresidente
Ab. Carlos Cabezas Dr. Luis Padilla
Secretario Ejecutivo Vocal
Ab. Fernanda Rumbea
Vocal
C/C: Dr. Alfredo Corral Ponce, PRESIDENTE DEL IEP
Ab. Eva García Carrión, DIRECTORA NACIONAL DE DERECHOS DE AUTOR
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
SUBDIRECCIÓN REGIONAL DEL IEPI EN GUAYAQUIL
SUBCOMISIÓN INSTITUCIONES PÚBLICAS (CONESUP)
SUBCOMISIÓN DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVAS
DEL ESTADO (CONESUP) |